
El embarazo, el parto, el postparto y la crianza a menudo desencadenan cambios en las dinámicas de una pareja (en este caso nos referimos a este tipo de formatos familiares). Pueden surgir diferencias de formas de entender y de hacer, expectativas, pueden darse conflictos en relación a cómo van a asumirse los cuidados y el trabajo en el mercado laboral formal.
Estadísticamente la llegada de una criatura incrementa el riesgo de ruptura en una pareja.
Socialmente a menudo nos encontramos con ideas y discursos que contemplan las rupturas, separaciones y divorcios de parejas como un evento fallido, especialmente si esa pareja tiene criaturas (y más, particularmente, pequeñas).
Si nos acercamos a las familias no desde lo que pensamos que debería ser, sino desde lo que realmente es, y prestamos atención a qué necesidades reales y concretas tienen más allá de los mandatos sociales, podremos acompañar más y mejor.
Que una pareja se haya “agotado” o transicione a un tipo de relación que no incluye una relación romántica, sexoafectiva, o que termine la convivencia, no significa automáticamente que vaya a existir mala relación, que alguien haya hecho algo malo ni que haya pasado algo terrible.
Esa familia sigue siendo una familia, sencillamente cambia la configuración. Podemos seguir cuidándola y podemos acompañar esa transición familiar de modo que aunque el proceso pueda incluir duelos o diferentes estados emocionales, todo suceda de la forma más amable posible.
Acompañamiento legalEn el ámbito legal, el proceso para parejas que han tenido criaturas (en términos muy generales) suele ser el siguiente:
- Se elabora un convenio regulador, dividido principalmente en dos partes (una relativa a las criaturas menores y otra relativa a posibles pactos económicos entre la antes pareja).
- Una vez consensuado el contenido y firmado, se presenta demanda de mutuo acuerdo en el juzgado, a los efectos de que éste se homologue judicialmente.
Si bien es cierto que hay parejas que funcionan sin convenio regulador, a medio-largo plazo no suele ser lo más recomendable ya que es frecuente que puedan surgir desavenencias que contribuyan a desgastar la relación entre la/o/es progenitores.
El convenio regulador funciona cómo marco de pactos mínimos lo cual acota las responsabilidades de cada parte en caso de existir conflictos o desacuerdos.
Para elaborar el convenio regulador se necesita acompañamiento de abogada/o/e.
Es importante que esta persona escuche activamente la situación y entienda las necesidades concretas de la familia, para poderlas tener en cuenta a la hora de negociar y consensuar el convenio regulador. Por ejemplo, deben tenerse en cuenta las edades de los/a/es menores, el tipo de vida de la/o/es progenitores (qué tipo de trabajo tienen, horarios, etcétera), si existe lactancia, contextos económicos, etcétera.
ConclusiónEn definitiva, un proceso de ruptura, separación o divorcio puede no ser fácil, incluir duelos, etc. pero puede acompañarse de formas que busquen maximizar y promover el bienestar y la buena relación de las personas involucradas. En esto anterior va incluido recibir un buen asesoramiento legal al respecto.
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1 comentario en “Sobre rupturas, separaciones y divorcios”
Qué interesante todo lo que acabo de leer en este artículo, ¡gracias!