– POR MARTA BUSQUETS
A lo largo de los años, la definición de violencia obstétrica o incluso desde qué perspectiva nos aproximamos al concepto, ha cambiado.
Prácticas médicas
En un primer momento, el activismo para terminar la violencia obstétrica tenía mucho que ver con prácticas médicas: su incidencia (por ejemplo, el hecho de que las tasas de cesáreas, inducciones y otras intervenciones fueran muy superiores a las recomendaciones oficiales), nivel de evidencia (prácticas rutinarias obsoletas en los hospitales, como las episiotomías por sistema a todas las mujeres y personas usuarias del sistema obstétrico), etcétera.
Derechos humanos
Posteriormente se vincula el debate y el activismo contra la violencia obstétrica en el marco de los derechos humanos. El embarazo, parto y postparto, forman parte de la sexualidad y la reproducción humanas, y por lo tanto, se enmarcan dentro de los derechos sexuales y reproductivos.
Además, al margen de las consideraciones sobre evidencia científica de prácticas concretas. Cada mujer, cada persona usuaria, persona embarazada, de parto o de postparto, es diferente. Es más, la misma persona, tiene necesidades diferentes según el momento vital, sus experiencias previas y expectativas de futuro. Por ejemplo, la situación cambia según vengamos de un historial de abortos de repetíción, cesárea previa, si es nuestra primera criatura, etcétera.
Por lo tanto, las necesidades de acompañamiento son diversas, igual que lo somos las personas. Difícilmente van a poder atenderse adecuadamente las realidades diversas si únicamente nos remitimos a protocolos, prácticas o enfoques estandarizados.
Volviendo al concepto de violencia obstétrica, fue regulada en sí misma por primera vez en el contexto latinoamericano, contexto en el que se acuña dicho término. Actualmente, las instituciones, como por ejemplo las Asambleas del Consejo de Europa o de las Naciones Unidas han estudiado profundamente las implicaciones de la misma y la han recogido en sendas resoluciones.
Por ejemplo en Cataluña, el artículo 4 sobre formas de violencia machista de la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista, modificado por la ley 17/2020, de 22 de diciembre, enmarca del siguiente modo la violencia obstétrica: “Impedir o dificultar el acceso a una información veraz, necesaria para la toma de decisiones autónomas e informadas. Puede afectar los diferentes ámbitos de la salud física y mental, incluyendo la salud sexual y reproductiva y puede impedir o dificultar a las mujeres tomar decisiones sobre sus prácticas y preferencias sexuales, así como sobre su reproducción y las condiciones en las que se va a llevar a cabo, […] Incluye […] también las prácticas ginecológicas y obstétricas que no respeten las decisiones, el cuerpo, la salud y los procesos emocionales de la mujer”.
¿Qué hacer si he sufrido violencia obstétrica?
La violencia obstétrica como hemos visto puede tener impacto en diferentes ámbitos: tanto en el físico, como en el emocional, tanto en la persona que ha gestado a la criatura, como a la propia criatura, etcétera.
Podría ser que necesitaras acompañamiento en relación a secuelas físicas. Por ejemplo, recibir una valoración de tu suelo pélvico. O que una pediatra deba revisar a tu bebé. Socialmente por desgracia se normalizan situaciones que repercuten negativamente de forma directa en tu calidad de vida (por ejemplo, pérdidas de orina, dolor o imposibilidad de disfrutar en el ámbito sexual), que no son normales y además tienen solución si acudimos a la persona profesional adecuada.
Es importante, especialmente en caso de secuelas de tipo físico tanto en ti (daños en el suelo pélvico tales como incontinencias urinarias o fecales, mucho dolor, pérdida del útero, etc.) como en tu criatura (daños en el plexo solar, etc.) o algún tipo de otra consideración, que contemples la posibilidad de consultar tu caso con una persona abogada por si existiera la posibilidad de acciones legales, a los efectos de tener en cuenta plazos para interponer las mismas.
Asimismo es posible que necesites acompañamiento terapéutico en relación a secuelas psicológicas o psiquiátricas. Muchas personas usuarias relatan tener episodios de ansiedad o flashbacks, en particular alrededor del cumpleaños de sus criaturas, también el mismo día.
Muchas mujeres y personas gestantes han encontrado apoyos en grupos de embarazo, parto y postparto así como grupos de crianza en los que compartir experiencias en condiciones de espacio seguro. También puede ser un buen recurso ponerse en contacto con asociaciones que trabajen por el embarazo, parto y postparto respetados. En España y algunos países de Latinoamérica por ejemplo está El Parto es Nuestro, en Cataluña trabaja Dona Llum Associació Catalana per un Part Respectat.
Para saber más:
Busquets Gallego, Marta (2019) La violencia obstétrica en el embarazo y el parto desde la perspectiva de la vulneración de derechos: autonomía y consentimiento informado. Cuestiones de Género: de la igualdad y la diferencia, 14, 241-251.
Dona Llum (2019) Mirades a la violència obstètrica. Editorial Pol·len.
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